Dinero por pago errado de factura de servicio público de otro suscriptor podría recuperarse a través de una conciliación
Según explicó la Superintendencia de Servicios Públicos, cuando un usuario o suscriptor de una empresa de servicio público paga por error la factura de otro usuario, quien incurrió en la equivocación no podrá reclamar a la empresa.
“Cuando un usuario y/o suscriptor por error atribuible a él incurre en el pago de lo no debido, por pagar una factura diferente a la que debió pagar en virtud del contrato de servicios públicos, no es posible controvertir el pago ante el prestador del servicio acudiendo a lo dispuesto en el artículo 152 y siguientes de la Ley 142 de 1994”, aclara la SuperServicios.
Sin embargo, el usuario que pagó la factura que no le correspondía tendrá otra salida para recuperar el dinero.
La vía en este caso es una conciliación en la que se cita a la persona que debía realizar el pago para lograr un acuerdo y recuperar el dinero.
El Código Civil establece en su artículo 2313 que si alguien por error ha hecho un pago y prueba que no lo debía, tendrá derecho para repetir lo pagado.
La Superservicios también indicó que solo si el pago de lo no debido está relacionado con alguna conducta de la empresa de servicios públicos que haya generado la confusión del usuario respecto al pago, éste podrá hacer uso de los recursos legales para recuperar el dinero.
“Pues el error en el pago no le es imputable. En este evento, se presume la imposibilidad de determinar con certeza si se trata o no de la factura derivada de la relación contractual, convirtiéndose en punto de debate por posible incumplimiento del contrato de servicios públicos, indicó la entidad”, anotó la Superservicios.